Dependencia

Información en el proceso de reconocimiento de grado de dependencia de cada persona y valoración de los recursos adecuados a cada situación, incluidos en un Plan Individual de Atención (PIA).

La dependencia es la necesidad de ayuda que tiene una persona para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria, derivada de la edad, enfermedad y/o discapacidad, y ligada a la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial.

El reconocimiento oficial de la situación de dependencia en alguno de los grados establecidos, es un requisito básico para acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidas por la Ley de la Dependencia.

¿Cómo se accede?

  • Paso 1 Solicitud de reconocimiento de grado de dependencia
    Para tramitar este reconocimiento de grado de dependencia, es necesario presentar la solicitud al Departamento de Derechos Sociales y Inclusión de la Generalitat de Cataluña.

    Los equipos de valoración de la dependencia se pondrán en contacto con la persona solicitante para realizar la valoración de grado de dependencia y, posteriormente se emitirá la resolución.

  • Paso 2 Elaboración del Programa Individual de Atención (PIA)
    En caso de que la persona solicitante tenga reconocido un grado suficiente para acceder a los servicios y prestaciones de la cartera de dependencia, los Servicios Sociales Básicos del Ayuntamiento, una vez recibida la comunicación por parte de la Generalitat de Cataluña, se pondrán en contacto con la persona dependiente para realizar el Programa Individual de Atención (PIA).

    Este Programa Individual de Atención (PIA) recoge los recursos (prestaciones o servicios) a los que la persona accederá, para realizarlo se tiene en cuenta: aspectos sociales y del entorno, su capacidad económica, sus preferencias y necesidades, la disponibilidad de recursos a la hora de acordar los servicios o prestaciones adecuadas a su situación personal.

  • Paso 3 Resolución del Programa Individual de Atención (PIA)
    La Generalidad de Cataluña resuelve el Programa Individual de Atención (PIA) con la propuesta de prestaciones y/o servicios acordados.

  • Paso 4 Seguimiento por los Servicios Sociales Básicos
    La situación personal de las personas con dependencia puede variar en cualquier momento y, a fin de adaptar el Programa Individual de Atención (PIA) a las nuevas necesidades, se establece una periodicidad de seguimiento por parte de los Servicios Sociales Básicos del Ayuntamiento de Lleida.

    Documentación que es necesario aportar

    Normativa

    • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia